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Oposiciones a ayudante de Instituciones Penitenciarias

  • Centro:Progresa Rapid (Solo preparan a alumnos de Barcelona)
  • Método:Semipresencial
  • Lugar:Oposiciones Barcelona
  • Tipo:Oposiciones
  • Precio:Consultar Precio
  • Contenido del Oposiciones:

    Dirigido a :
    Aquellas personas que, cumpliendo con los requisitos exigidos, deseen superar con éxito las oposiciones a ayudante de Instituciones Penitenciarias

    Requisitos :
    Ayudante de Instituciones Penitenciarias

    1.- Tener la nacionalidad española
    2.- Tener 18 años de edad
    3.- Estar en posesión del título de Bachiller, FPII o equivalente

    CUADRO DE EXCLUSIONES MÉDICAS

    1. Visión: No se considerarán aptas aquellas personas cuya agudeza visual binocular, sin gafas o lentillas, sea menor a 0, 33 (0, 2 en el ojo de menor visión) y con gafas o lentillas sea inferior a 0, 8.
    También:
    - Retinopatía.
    - Desprendimiento de retina o retinosis pigmentaria.
    - Diplopia.
    - Glaucoma. Hemianopsia.
    - Subluxación del cristalino, afaquia.
    - Distrofia corneal con disminución de la agudeza visual.
    - Queratitis crónica. Hemeralopia.

    2. Audición: No serán aptas aquellas personas que tengan una sordera completa de ambos oídos, o incompleta permanente, que produzca una disminución de la agudeza auditiva mayor de 35 dB (decibelios) en el oído de menor agudeza auditiva, en la zona tonal media.

    3. Aparato locomotor: No serán aptas personas:
    - Malformaciones o lesiones que incapaciten, limiten o comprometan permanentemente, el libre movimiento de cualquier articulación o que puedan disminuir la fuerza y agilidad de las extremidades, tronco y cuello o su repercusión estática.
    - Escoliosis con limitación importante para flexo-extensión. Hernia discal.

    4. Endocrino: excluidas personas que presenten:
    - Diabetes.
    - Delgadez extrema: con índice de masa corporal (IMC) inferior a 18.
    - Obesidad: con índice de masa corporal (IMC) superior a 34.

    5. Aparato digestivo: No serán aptas personas:
    - Cirrosis hepática.
    - Enfermedad inflamatoria intestinal crónica.
    - Pancreatitis crónica.

    6. Aparato cardiovascular: No serán aptas:
    - Insuficiencia cardiaca.
    - Haber padecido infarto de miocardio o coronariopatía.
    - Arritmias: fibrilación auricular. Síndrome de preexcitación.
    - Valvulopatías y prótesis valvulares.
    - Aneurismas de grandes vasos.
    - Insuficiencias venosas periféricas, con signos de alteraciones tróficas y varicosas.

    7. Aparato respiratorio: No serán aptas: enfermedades neumológicas (pulmonares) que tengan repercusión en la función respiratoria. La función pulmonar se definirá por medio de la espirometría y serán excluidas las personas con una capacidad ventilatoria inferior al 80 % de las cifras de referencia.

    8. Sistema nervioso central: No serán aptas:
    - Parkinson.
    - Temblores crónicos.
    - Epilepsia.
    - Esclerosis múltiple.
    - Ataxia.

    9. Alteraciones psiquiátricas: No serán aptas:
    - Esquizofrenia.
    - Trastorno bipolar. Delirio.
    - Depresión mayor.
    - Crisis de pánico o de angustia.
    - Trastorno de estrés postraumático.
    - Alteraciones de la personalidad: paranoide, esquizoide, antisocial o trastornos límite.
    - Trastornos afectivos (distimias).

    10. Controles analíticos: De sangre y orina:
    - Será causa de exclusión el consumo de alcohol en grado de abuso, que ocasione alteraciones detectables en el análisis de sangre, con elevación de las trasaminasas hepáticas (GOT, GPT, GGT), junto con aumento del VCM, por encima de las cifras normales de referencia. En el caso de que presenten esas alteraciones, se realizarán pruebas complementarias.
    - Consumo de sustancias tóxicas: opiáceos, cannabis, cocaína, barbitúricos, anfetaminas, psicodislépticos, benzodiacepinas, estimulantes, antidepresivos (suero) y otros, que sean detectables (ellos o sus metabolitos), en el momento del reconocimiento, mediante analítica.
    - Todas las personas que por prescripción facultativa estén siendo tratados con cualquier tipo de medicación, deberán presentar un informe médico oficial del especialista, justificando el tratamiento.

    11. Otras causas de exclusión: enfermedades transmisibles en actividad, hemopatías graves, malformaciones congénitas y otras patologías que limiten o dificulten el desempeño de las tareas propias.

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